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CALENDARIO LABORAL
Resolución de 6-10-2004-11-05 Ref.: 60/56
BOE NÚM. 255 de 22-10-2004
Publica la relación de fiestas Laborales para el año 2005.
CALENDARIO
LABORAL
RESOLUCIÓN
de 11-10-2005. Ref.:
64/64
B.O.E. NUM. 250 de 19-10-2005
Publica el calendario laboral para 2006.
COTIZACIONES
SOCIALES
B.O.E. NÚM.
312 de 30-12-1999. Ref.:
41/48
Ley Presupuestos, Nº 54/1999
El Art. 95 establece las bases y tipos de cotización a la Seguridad
Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación
Profesional durante el año 2000.
LEY 13/2000
de 28-12-2000, de Presupuestos del Estado. Ref.:
45/72
B.O.E. NÚM. 312 de 29-12-2000.
En su art. 87 establece las bases y tipos de cotización a la Seguridad
Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional,
durante 2001.
LEY 61/2003
de 30 de diciembre, de Presupuestos del Estado para 2004. Ref.:
57/62
B.O.E. NÚM. 313 de 31-12-2003
El art. 97 establece las bases y tipos de cotización a la Seguridad
Social, desempleo, Fondo de garantía salarial y formación
profesional a partir de 1 de enero de 2004.
LEY 2/2004
de 27 de diciembre. Ref.:
61/56
B.O.E. NÚM. 312 de 28-12-2004.
Fija las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social,
Desempleo, Fondo Garantía Salarial y Formación Profesional
durante el año 2005 (en el art. 100 del Título VIII).
LEY
42/2006 de 28-12-2006. Ref.:
69/72
B.O.E. NÚM. 311 de 29-12-2006
Artículo 115 Ley Presupuestos : establece bases y tipos de cotización
del Régimen General de la Seguridad Social.
Contingencias comunes 28’30% ; 23’60 a cargo empresa y
4’70 a cargo trabajador.
DESEMPLEO. PROTECCIÓN.
REAL
DECRETO 200/2006, de 17 de febrero. Ref.:
66/68
B.O.E. NÚM. 53 de 3-3-2006
Modifica el R. Dto. 625/1985, de 2 de abril.
EMPLEO-DESEMPLEO
REAL DECRETO-LEY
5/2002 de 24-5-2002. Ref.:
51/56
B.O.E. NÚM. 125 de 25-5-2002.
Sobre medidas urgentes para la reforma del sistema de protección
por desempleo y mejora de la ocupacionalidad. Modifica la Ley General
de la Seguridad Social. Texto Refundido, aprobado por R. Dto. legislativo
1/1994, de 20-6-1994.
La Ley del Estatuto de los Trabajadores. Texto Refundido aprobado por
R. Dto. legislativo 1/1995, de 24-3-1995.
REAL DECRETO 5/1997, de 10-1-1997 de acceso al subsidio de desempleo
y la ley sobre infracciones y sanciones en el Orden Social, Texto Refundido
aprobado por R. Dto. legislativo 5/2000 de 4-8-2000.
EMPLEO.
MEDIDAS URGENTES
LEY 45/2002
de 12-12-2002. Ref.:
53/60
B.O.E. NÚM. 298 de 13-12-2002
Publica medidas urgentes para la reforma del sistema de protección
por desempleo y mejora de la ocupabilidad. Modifica la Ley General de
la Seguridad Social R. Dto. Legislativo 1/1994 de 20-6; La Ley del Estatuto
de los trabajadores R. Dto. legislativo 1/1995 de 24-3; Acceso al subsidio
por desempleo R. Dto. 5/1997 de 10-1; Ley de Procedimiento Laboral y
R. Dto. Legislativo 2/1995 de 7-4, entre otros.
ESTATUTO
DE LOS TRABAJADORES
LEY 33/2002
de 5-7-2002. Ref.:
51/56
B.O.E. NÚM. 161 de 6-7-2002.
Modifica el artículo 28 del texto refundido de la Ley de Estatuto
de los Trabajadores, aprobado por R. Dto. legislativo 1/1995, de 24-3-1995.
LEY
14/2005, de 1 de julio. Ref.:
63/64
B.O.E. NÚM. 157 de 2-7-2005.
Sobre las cláusulas de los Convenios Colectivos referidas al
cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
LEY
13/2005 de 1-7-2005. Ref.:
64/64
B.O.E. NUM. 157 de 2-7-2005
Sobre cláusulas de los Convenios Colectivos referidos al cumplimiento
de la edad ordinaria de jubilación.
FOMENTO
DEL EMPLEO
REAL DECRETO
781/2001 de 6-7-2001. Ref.:
47/64
B.O.E. núm. 162 de 7-7-2001
Regula un programa para el año 2001 de renta activa de inserción
para trabajadores desempleados de larga duración mayores de 45
años.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
ORDEN
22-2-2001. Ref.:
46/64
BOE NÚM 50 de 27-2-2001.
Revisa la cuantía de los gastos de locomoción y de las
dietas.
INSPECCIÓN
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. LIBRO DE VISITAS
RESOLUCIÓN
11-4-2006 de la Inspección de trabajo y Seg. Social. Ref.:
66/68
B.O.E. NÚM. 93 de 19-4-2006
Establece el nuevo Modelo de Libro de Visitas que obligatoriamente
deberían tener en cada centro de trabajo a disposición
de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social y habilitados en materia de prevención de riesgos laborales
JUBILACIONES
REAL DECRETO
LEY 16/2001 de 27-12-2001 Ref.:
49/56
B.O.E. NÚM. 313 de 31-12-2001
Medidas en relación con la flexibilidad de la edad de jubilación,
a fin de dotar a la misma de los caracteres de gradualidad y progresividad.
MATERNIDAD-SEGURIDAD SOCIAL
REAL DECRETO
1251/2001 de 16 de noviembre. Ref.:
49/56
B.O.E. NÚM. 276 de 17-11-2001.
Regula las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad
Social por maternidad y riesgo durante el embarazo.
MERCADO
DE TRABAJO
LEY 12/2001
de 9-7-2001. Ref.:
47/64
B.O.E. núm. 164 de 10-7-2001
Establece medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el
incremento del empleo y la mejora de su calidad.
Modifica artículos del Estatuto de los Trabajadores, de la ley
14/1994 de empresas de trabajo temporal, de la Ley 5/2000 de 4 de agosto,
sobre infracciones y sanciones en el Orden Social, entre otras.
MUTUAS
DE ACCIDENTES DE TRABAJO
REAL
DECRETO 688/2005, de 10 de junio. Ref.:
63/64
B.O.E. NÚM. 139 de 11-6-2005.
Regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes
de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como
servicio de prevención ajeno.
NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO. GESTIÓN
INFORMATIZADA.
RESOLUCIÓN
DE 26-11-2002. Ref.:
53/60
B.O.E. NÚM. 303 de 19-12-2002
Regula la utilización del sistema de Declaración Electrónica
de Accidentes de Trabajo.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
REAL DECRETO
286/2003 de 7-3-2003. Ref.:
54/60
B.O.E. NÚM. 84 de 8-4-2003
Establece la duración de los plazos para la resolución
de los procedimientos administrativos para el reconocimiento de prestaciones
en materia de S.S.
PERSONAS CON DISCAPACIDAD FOMENTO DEL EMPLEO
REAL DECRETO 170/2004 de 30-01-2004 Ref.: 58/64
B.O.E. NÚM. 27 de 31-01-2004
Modifica el R. Dto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
REAL DECRETO 171/2004 de 30-01-2004 Ref.: 58/64
B.O.E. NÚM. 27 de 31-01-2004
Desarrolla el art. 24 de la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre en materia de coordinación de actividades empresariales.
REAL DECRETO 171/2004 de 30-1-2004 Ref.: 59/60
B.O.E. NÚM. 60 de 10-3-2004
Corrige errores advertidos en dicho Real Decreto. Por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
REAL DECRETO 604/2006 de 19 de mayo Ref.:
68/80
BOE Núm. 127 de 29-5-2006
Modifica el Real Dto. 39/1997, de 17 de enero, y el Real Dto. 1627/1997
de 24 de octubre, que aprobaban el Reglamento de los servicios de
Prevención
y establecian las disposciones mínimas de seguridad y salud en las obras
de construcción.
RELACIONES
LABORALES
B.O.E. NÚM.
312 de 30-12-1999. Ref.:
41/48
LEY 55/1999 de 29-12-1999
En el art. 19 se modifica el art. 12 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.
REGLAMENTO DE COTIZACIÓN
REAL DECRETO 335/2004 de 27-2-2004 Ref.: 59/60
B.O.E. NÚM. 67 de 18-3-2004
Modifica el Reglamento general sobre cotización y liquidación de estos derechos de la Seguridad Social, aprobado por R. Dto. 2064/1995 de 22 de diciembre y R. Dto. 2930/1979 de 29 de diciembre.
B.O.E. NÚM. 86 de 9-4-2004
Corrige errores advertidos en la publicación anterior del R. Dto.
SALARIOS
B.O.E. NÚM.
313 de 31-12-1999. Ref.:
41/48
REAL DECRETO Nº 2065/1999 de 30 de diciembre
Fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2000 en 70.680'-
Ptas. al mes.
REAL DECRETO
1466/2001 de 27/12-2001. Ref.:
49/56
B.O.E. NÚM. 311 de 28-12-2001.
Fija el Salario mínimo interprofesional para 2002 en 14'74 euros/día
y 442'20 euros/mes.
REAL DECRETO
1426/2002 de 27-12-2002. Ref.:
53/60
B.O.E. NÚM. 311 de 28-12-2002
Fija el salario mínimo interprofrofesional para 2003 en 15,04
euros/día y 451,20 euros/mes.
REAL DECRETO
1793/2003 de 26 de diciembre. Ref.:
57/62
B.O.E. NÚM. 310 de 27-12-2003
Fija el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2004
en 46050
euros/mes, 1535 euros/día.
SALARIO
MÍNIMO
REAL DECRETO
1632/2006 DE 29-12-2006. Ref.:
69/72
B.O.E. NÚM. 312 de 30-12-2006
Fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2007 en 19’02
Euros/día o 570’60 Euros/mes.o fija en 16'36
Euros al día, 490'80 Euros al mes y 6.871'20 Euros al año a
partir del 1-7-2004.
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
REAL DECRETO LEY 3/2004 de 25-6-2004 Ref.: 59/60
B.O.E. NÚM. 154 de 26-6-2004
Para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía. Lo fija en 16'36 Euros al día, 490'80 Euros al mes y 6.871'20 Euros al año a partir del 1-7-2004.
Real
Decreto 2388/2004 de 30 de diciembre. Ref.:
61/56
B.O.E. NÚM. 315 de 31-12-2004.
Fija el SMI para 2005 en 513 €/mes o 17’10 €/día.
REAL
DECRETO 1613 / 2005 de 30-12-2005 Ref.:
65/64
B.O.E. NÚM. 313 de 31-12-2005.
Fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2006 en 18’03
Euros/día 540’90 Euros/mes y en 7.572’60 Euros en
cómputo anual.
SEGURIDAD
SOCIAL
REAL DECRETO
1-9-2000 nº 1506/2000. Ref.:
44/59
B.O.E. NÚM. 213 de 5-9-2000.
Modifica el R. Dto. 148/1996 de 5 de febrero, que regula el procedimiento
especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social
indebidamente percibidas.
SENTENCIA
TRIBUNAL SUPREMO 21-7-2000. Ref.:
44/59
B.O.E. NÚM. 236 de 2-10-2000.
Anula parte art. 33.3 del Reglamento aprobado por REAL DECRETO 928/1998
de 14 de mayo.
ORDEN
29-1-2001. Ref.:
46/64
BOE NÚM 26 de 31-1-2001.
Desarrolla las normas de cotización, contenidas en la Ley
13-2000 de 28-12-2000, de Presupuestos Generales del Estado.
ORDEN
192/2002 de 31-1-2002. Ref.:
49/56
B.O.E. NÚM. 29 de 2-2-2002.
Desarrolla las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo,
Fondo Garantía Salarial y Formación Profesional para el
año 2002, establecidas en el art. 89 de la Ley 23/2001 de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado. (Título VIII
Cotizaciones Sociales.)
LEY 36/2003
de 11 de noviembre. Ref.:
57/62
B.O.E. NÚM. 271 de 12-11-2003
De medidas de reforma económica. El Título III establece
mejoras en la acción protectora de la S.S. de los trabajadores
por cuanta propia o autónomos.
LEY
9/2005, de 6 de junio Ref.:
63/64
B.O.E. NÚM. 135 de 7-6-2005.
Permite compatibilizar las pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez
e Invalidez (SOVI) con las pensiones de viudedad del sistema de la
Seguridad Social. Los efectos económicos de lo previsto en esta
Ley se producirán a partir del día 1 de Septiembre de
2005.
REAL DECRETO 1041/2005 de 5-9-2005 Ref.:
64/64
B.O.E. 222 de 16-9-2005
Modifica los Reglamentos generales sobre inscripción de empresas
y filiación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores.
RESOLUCIÓN
21-11-2005 Dir. Gral. de Ordenación de la Seg. Social. Ref.:
65/64
B.O.E. NÚM. 280 de 23-11-2005
Establece la forma para la inclusión en el régimen general
de la Seg. Social de los abogados que mantienen relación laboral
de carácter especial, en aplicación de lo previsto en
la Disposición Adicional primera de la ley 22 / 2005, de 18
de noviembre.
ORDEN
TAS/29/2006 de 18 de enero. Ref.:
66/68
B.O.E. NÚM. 17 de 20-1-2006
Desarrolla las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo,
Fondos de Garantía Salarial y Formación Profesional para
el año 2006, contenidas en la Ley 30/2005 de 29 de diciembre.
REAL DECRETO 807/2006 de 30 de Junio. Ref.:
66/68
BOE Núm. 168 de 15-7-2006
Modifica el Reglamento general sobre cotización y liquidación y
el de inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones
de datos de trabajadores.
ORDEN
TAS/29/2006 de 18 de enero. Ref.:
69/72
B.O.E. NÚM. 17 de 20-1-2006
Desarrolla las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo,
Fondos de Garantía Salarial y Formación Profesional para
el año 2006, contenidas en la Ley 30/2005 de 29 de diciembre.
SEGURIDAD
SOCIAL. COTIZACIONES
ORDEN TAS/118/2003
de 31-1-2003. Ref.:
54/60
B.O.E. NÚM. 28 de 1-2-2003
Desarrolla las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo,
Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional contenidas
en la Ley 52/2002 .
ORDEN TAS/368/2004 de 12-02-2004 Ref.: 58/64
B.O.E. NÚM. 43 de 19-02-2004
Desarrolla normas cotización de la Ley 61/2003 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004
Resolución de 26-7-2004 Ref.: 60/56
BOE NÚM. 204 de 24-8-2004
Sobre utilización de los modelos de documentos de cotización vigentes para la liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.
ORDEN
TAS/77/2005 de 18 de enero Ref.:
61/56
B.O.E. NÚM. 24 de 28-1-2005.
Desarrolla las normas de cotización a la seguridad Social, Desempleo,
Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas
en la Ley 2/2004 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2005.
RESOLUCIÓN
de 17-11-2005 Ref.:
65/64
B.O.E. núm. 286 de 30-11-2005
Sobre los Modelos de los documentos de cotización vigentes para
la liquidación e ingreso de cuotas a la Seguridad Social.
SEGURIDAD
SOCIAL - FAMILIA
B.O.E.
NÚM. 14 de 17-1-2000. Ref.:
41/49
REAL DECRETO-LEY Nº 1/2000 de 14 de enero
Establece medidas de mejora de protección familiar de la Seguridad
Social.
REAL
DECRETO 19-7-2000. Ref.:
44/59
nº 1368/2000. B.O.E. NÚM. 181 de 29-7-2000.
Desarrollo de las prestaciones económicas de pago único por el nacimiento
de tercer o sucesivos hijos y por parto múltiple.
SEGURIDAD SOCIAL. INCAPACIDAD TEMPORAL
ORDEN TAS/399/2004 de 12-02-2004 Ref.: 58/64
B.O.E. NÚM. 46 de 23-02-2004
Sobre presentación en soporte informático de las partes médicos de baja, conformación baja y alta en procesos de incapacidad temporal.
SEGURIDAD
SOCIAL. NORMAS LABORALES
LEY 53/2002
de 30-12-2002. Ref.:
53/60
B.O.E. NÚM. 313 de 31-12-2002
El título II de la citada Ley tiene por objeto el establecimiento
de medidas relacionadas con el orden social, reforme el texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social y aprueba el Programa de Fomento
del empleo para el año 2003, como cuestiones principales.
ORDEN TAS/368/2004 de 12-02-2004
B.O.E. NÚM. 43 de 19-02-2004
Desarrolla normas cotización de la Ley 61/2003 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004
SEGURIDAD
SOCIAL PENSIONES
ORDEN
25-6-2001. Ref.:
47/64
B.O.E. núm. 156 de 30-6-2001
Desarrolla el Real Decreto 771/1997 de 30-5-1997, que establece las
reglas de determinación de los importes de las pagas extraordinarias
de las pensiones.
REAL DECRETO 364/2004, de 5-3-2004 Ref.: 59/60
B.O.E. núm. 57 de 6-3-2004
Mejora las pensiones de orfandad en favor de minusválidos.
SEGURIDAD
SOCIAL. PRESTACIONES
REAL DECRETO
1251/2001 de 16-11-2001.
B.O.E. núm. 276 de 17-11-2001.
Regula las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad
Social por maternidad y riesgo durante el embarazo
SEGURIDAD
SOCIAL. PRESTACIONES FAMILIARES
REAL
DECRETO 1335 / 2005 de 11-11-2005 Ref.:
65/64
B.O.E. NÚM. 279 de 22-11-2005
Regula las prestaciones familiares de la Seguridad Social.
SEGURIDAD
SOCIAL. JUBILACIÓN
LEY 35/2002
de 12-7-2002. Ref.:
51/56
B.O.E. NÚM. 167 de 13-7-2002.
De medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación
gradual y flexible.
SEGURIDAD
SOCIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS
SENTENCIA
TRIBUNAL SUPREMO 10-2-2003. Ref.:
55/56
B.O.E. NÚM. 117 de 16-5-2003
Anula los artículos 10.3 y 13.2 del Decreto 2530/1970 del 20
de Agosto, en la redacción dada por el Real Decreto 497/1986,
de 10 de febrero.
SEGURIDAD
SOCIAL. REGÍMENES ESPECIALES
REAL DECRETO
1273/2003 de 10 de Octubre. Ref.:
56/56
B.O.E. NUM. 253 de 22-10-2003
Regula la cobertura de las contingencias profesionales de los trabajadores
incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y la ampliación
de la prestación por incapacidad temporal para los trabajadores
por cuenta propia.
RESOLUCIÓN 04-02-2004 de INSS Ref.: 58/64
B.O.E. NÚM. 42 de 18-02-2004
Sobre cobertura de los trabajadores por cuenta propia o autónomos y ampliación de la prestación por incapacidad temporal para los trabajadores por cuenta propia.
REAL
DECRETO 753/2005 de 24-6-2005 Ref.:
64/64
B.O.E. NUM. 161 de 7-7-2005
Establece un plazo de opción para la cobertura de las contingencias
profesionales de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial
de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
ORDEN
TAS/2213/ de 29-6-2005 Ref.:
64/64
B.O.E. NUM. 165 de 12-7-2005
Amplia el plazo de elección de bases de cotización en
el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
por Cuenta Propia o Autónomos durante el ejercicio de 2005.
SEGURIDAD SOCIAL. RECAUDACIÓN
Resolución 16-7-2004 Ref.: 60/56
BOE NÚM. 196 de 14-8-2004
Sobre determinación de funciones, en materia de aplazamiento de pago de deudas, reintegro de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desisitimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en Boletines oficiales.
BOE NÚM. 233 de 27-9-2004
Corrige errores apreciados en Resolución de 16-7-2004 publicada en BOE Nº 196 de 14-8-2004
SEGURIDAD
SOCIAL. REGLAMENTO
GENERAL DE RECAUDACIÓN
ORDEN
TAS/1562/2005, de 25 de mayo Ref.:
63/64
B.O.E. NÚM. 130 de 1-6-2005.
Establece normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento
General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto 1415/2004 de 11 de Junio.
SEGURIDAD
SOCIAL. ACCIDENTES DE TRABAJO
SEGURIDAD
SOCIAL. ACCIDENTES DE TRABAJO Ref.:
62/56
ORDEN TAS/1040/2005 de 18 de abril
B.O.E. NÚM. 96 de 22-4-2005.
Actualiza las cantidades a tanto alzado de las indemnizaciones por
lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo
y no invalidantes.
TRABAJO
REAL DECRETO-LEY,
nº 5/2001 de 2-3-2001. Ref.:
46/64
BOE NÚM 54 de 3-3-2001.
Establece medidas urgentes de reforma del Mercado de Trabajo para el
incremento del empleo y la mejora de su calidad.
REAL DECRETO
LEGISLATIVO 4-8-2000 nº 5/2000. Ref.:
44/59
B.O.E. NÚM. 189 de 8-8-2000.
Aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones
en el Orden Social, que entrará en vigor el 1-1-2001.
TRABAJADORES
AUTÓNOMOS. ESTATUTO
LEY 20/2007 de 11 de Julio. Ref.:
71/96
B.O.E. NÚM. 166 de 12-7-2007
Establece el Estatuto del trabajo autónomo.
Su entrada en vigor es el 12 de Octubre de 2007.
En su Disposición final segunda establece que con carácter
progresivo se llevarán a cabo las medidas necesarias para que,
de acuerdo con los principios que inspiran esta Ley, se logre la convergencia
en aportaciones y derechos de los trabajadores autónomos en
relación con los establecidos para los trabajadores por cuenta
ajena, incluidos en el Régimen de la Seguridad Social.
TRIBUTOS. RÉGIMEN SANCIONADOR
REAL DECRETO 2063/2004 de 15 de octubre Ref.: 60/56
BOE NÚM 260 de 28-10-2004
Aprueba el Reglamento general sancionador tributario.

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